—Desde tu país

¿Quieres vivir en España sin trabajar? Preparemos tu residencia no lucrativa desde tu país.

La residencia no lucrativa permite vivir en España con tus propios medios, sin realizar actividad laboral. Se solicita en el consulado español de tu país, y dos documentos requieren especial atención: la acreditación de los fondos y el seguro médico. Te orientamos online para que llegues a la cita con el expediente revisado.

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Calle estrecha con un farol de forja y fachadas antiguas
Tu proyecto en España

Desde tu país

Desde tu país · Orientación personalizada

01Tu punto de partida

Podemos ayudarte si…

  1. 01

    Tienes ahorros, rentas, una pensión o ingresos pasivos y quieres establecerte en España sin trabajar.

  2. 02

    No sabes cómo demostrar que tus fondos son suficientes y estables, ni qué documentos bancarios acepta el consulado.

  3. 03

    Quieres venir con tu pareja o tus hijos y necesitas saber cuánto más debes acreditar.

02La asesoría

Lo que revisamos contigo

01

Tus medios económicos

Calculamos la cantidad que debes acreditar con el IPREM vigente, para ti y para cada familiar, y revisamos que tus fondos sean suficientes, estables y demostrables durante todo el periodo.

02

Cómo acreditar los fondos

No basta con tener el dinero: hay que probarlo como el consulado espera. Revisamos extractos, certificados bancarios, rentas, pensiones o inversiones, y te decimos qué documentos pedir y cómo presentarlos.

03

El seguro médico

Comprobamos que la póliza sea de una aseguradora autorizada en España y que cumpla las condiciones adicionales que indique tu consulado. Es un documento que conviene revisar con detalle antes de la cita.

04

Los documentos del país de origen

Antecedentes penales, certificado médico, traducciones juradas y apostillas. Verificamos que cada uno sea válido, esté vigente y venga en la forma que acepta tu consulado.

05

La solicitud y los siguientes pasos

Te orientamos para completar el formulario y organizar el expediente como lo pide tu consulado. Y te explicamos qué ocurre tras la concesión: entrada en España, huellas y TIE, y la renovación.

Después de la concesión

Con el visado concedido, entras en España y, en el plazo que marca la ley, pides cita para la toma de huellas y tu Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE). Ese paso es personal, pero te ayudamos online a prepararlo.

Qué ocurre después de la concesión   Cómo funciona la TIE y la toma de huellas

03Transparencia

Qué hacemos nosotros y qué haces tú

Lo hacemos nosotros: Calculamos y revisamos los fondos, el seguro y cada documento.

Lo haces tú: Reúnes los documentos en tu país (bancarios, antecedentes, médico, apostillas).

Lo hacemos nosotros: Te orientamos para completar la solicitud y organizar el expediente.

Lo haces tú: Pides la cita y presentas la solicitud en el consulado en persona.

Lo hacemos nosotros: Te preparamos para la TIE y las huellas al llegar a España.

Lo haces tú: Acudes a la cita de huellas en la Policía.

La orientación no incluye la presentación ante el consulado, que es personal. Cada caso se revisa de forma individual.

El siguiente paso

Lleva al consulado un expediente que se sostenga.

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La tramitación se presupuesta por separado.

04Antes de decidir

Preguntas frecuentes

¿Cuánto dinero necesito para la residencia no lucrativa?

Se calcula con el IPREM vigente: el 400 % para la persona solicitante y el 100 % adicional por cada familiar, para el periodo que solicitas. Como se calcula con el IPREM vigente cuando presentas la solicitud, en la asesoría calculamos la cifra exacta para tu caso.

¿Vale con tener el dinero en la cuenta?

Tener el dinero no basta: hay que acreditarlo documentalmente y que cubra el periodo de la autorización. Revisamos contigo qué documentos aportar en tu caso y cómo presentarlos.

¿Sirven una pensión o unos ingresos por alquiler?

Sí, pueden servir, igual que rentas de inversiones o ahorros. Lo importante es que sean demostrables y periódicos. Revisamos qué combinación encaja contigo.

¿Qué seguro médico me piden?

Un seguro de enfermedad contratado con una aseguradora autorizada para operar en España. Las condiciones concretas de la póliza pueden variar según el consulado, así que la revisamos contigo antes de que la contrates.

¿Puedo incluir a mi pareja y a mis hijos?

Sí, pueden acompañarte. Por cada familiar hay que acreditar fondos adicionales y presentar su propia documentación. Lo calculamos contigo.

¿Se solicita desde España?

No. La autorización inicial se pide en el consulado español de tu lugar de residencia. Nosotros preparamos contigo el expediente desde donde estés.

¿Cuánto tarda el consulado?

Depende del consulado y de la época del año. Conviene empezar con antelación y con la documentación bien organizada.

¿Garantizáis que me la concedan?

No. La decisión es del consulado. Lo que sí hacemos es revisar tu expediente con rigor para detectar posibles errores antes de la cita.

Información y fuentes

Contenido informativo; cada caso se revisa de forma individual en la asesoría. Última revisión: octubre de 2026. Consulta las fuentes oficiales: